Seguro para carretillas, ¿Son Obligatorios?

Hay cierta información que puede generar controversia en si una carretilla elevadora, traspaleta, toros mecánicos etc… deben tener un seguro obligatorio de circulación o si por el contrario solo con el seguro de Responsabilidad civil de la empresa estaría cubierto ante un posible percance. Las carretillas elevadoras normalmente realizan sus trabajos en recintos cerrados y privados, por lo que, surge la duda de si necesitan tener el seguro de circulación y/o el seguro de responsabilidad civil por trabajos.

Desde 2008, todo propietario de vehículo a motor que tenga su establecimiento habitual en España está obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro.

¿Qué se considera un vehículo a motor?

Todo vehículo, especial o no, idóneo para circular por la superficie terrestre e impulsado por motor, incluidos los ciclomotores, así como los remolques y semirremolques, estén o no enganchados, con exclusión de los ferrocarriles, tranvías y otros que circulen por vías que les sean propias.

¿Qué dice la ley?

La ley vigente establece la responsabilidad civil por daños a personas o cosas producidos por dichos vehículos.

La ley es clara y tajante: carretillas, transpaletas, toros mecánicos y similares considerados vehículos a motor -que normalmente se encuentran en almacenes y obras de construcción- están obligados a tener un seguro.

Así pues el seguro de circulación es obligatorio para cualquier vehículo estacionado en España, independientemente si está dotado de matrícula, salga o no a la vía pública. Por lo cual, cualquier carretilla elevadora que tenga un motor que el permita circular, tiene obligación de estar asegurada.

Por otro lado el seguro de responsabilidad civil por trabajos no es obligatorio, pero es muy recomendable. Ya que cubre cualquier daño que se pueda ocasionar con la carretilla mientras se están realizando trabajos.

¿Qué ocurre si mi maquinaria móvil produce daños a personas o cosas a consecuencia de un hecho derivado de la circulación y no tengo el seguro obligatorio exigido? ¿Puedo acudir a la póliza de responsabilidad civil de mi empresa?

La respuesta no tiene matices. Cualquier póliza de responsabilidad civil general excluye las reclamaciones derivadas de riesgos para los cuales deba suscribirse un seguro obligatorio, en caso de no tenerlo, habrá que enfrentarse a la correspondiente sanción. 

 

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