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¿Puedo reclamar el Impuesto de Plus Valía en caso de pérdidas?

¿Puedo reclamar el Impuesto de Plus Valía en caso de pérdidas?

Pese a ello, recientemente una Sentencia de Tribunal Constitucional (ratificada por el Tribunal Supremo) declaró que, en caso de no existir ganancia patrimonial en el momento de la venta del inmueble, y si como consecuencia de ello se genera una pérdida, no se deberá pagar el Impuesto de Plusvalía Municipal.

Visto así, entendemos que el contribuyente afectado por dicha situación podrá reclamar al ayuntamiento la devolución del pago de la Plusvalía Municipal tanto de las viviendas con alguna protección pública como de las de renta libre.

Plazos para reclamar el Impuesto de Plusvalía

No podemos olvidar los plazos para reclamar dicho impuesto. Aquí debemos distinguir entre liquidación y autoliquidación, ya que en el caso de autoliquidación el contribuyente dispone de 4 años para realizar la reclamación, mientras que en caso de liquidación el impuesto es calculado por el propio ayuntamiento y únicamente se dispondrá del plazo de un mes para reclamar.