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Ayudas para pagar el alquiler

¿Qué ayudas puede solicitar el inquilino a la propiedad?

El inquilino, en caso de encontrarse en situación de vulnerabilidad, podrá solicitar al propietario:

  • Reducción 50 % de las rentas hasta un máximo de 4 meses
  • Aplazamiento del pago de las rentas mientras dure el estado de alarma, con un máximo de 4 meses

Además, se fraccionarán las cuotas sin intereses durante al menos 3 años o mientras sea vigente el contrato de alquiler, empezándose a pagar cuando acabe el estado de alarma o durante los 4 meses de prórroga.

Cabe añadir que, si el inquilino consiguiera entrar en un programa de ayudas para alquiler, se anularía este aplazamiento y tendría que pagar las mensualidades del alquiler desde el cobro de la prestación.

Plazos para solicitar la ayuda al propietario

El plazo para solicitar estas ayudas es de 1 mes: desde el 2 de abril de 2020, hasta el 02 de mayo de 2020. La propiedad debe contestar en7 días laborables.

Obligaciones del propietario

Según si el propietario es una empresa, un gran tenedor, una entidad pública o una persona física tendrá unas u otras obligaciones en cuanto a la concesión de las ayudas solicitadas:

  • Si el propietario es unaempresa, un gran tenedor (tiene más de 10 viviendas o es propietario de 1.500 m² en vivienda) o unaentidad pública, tiene que conceder una de las alternativas antes planteadas.
  • Si el propietario es una persona física (tiene menos de 10 viviendas o menos de 1.500 m² superficie) puede conceder una de las alternativas anteriores u ofrecer otra distinta. Si no hay acuerdo, y el inquilino es vulnerable podrá solicitar ayuda de programa aprobado